DISPOSITIVA
Con fundamento en la razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Único: a tenor de lo pautado en los artículos 48 ordinal 8° y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal y 108 ordinal 4° del Código Penal, Decreta la extinción penal y por ende el Sobreseimiento de la presente causa en la cual aparece como víctima RAMONES ARIAS BETSY MARIA, venezolana, de 33 años de edad, titular de la cedula de identidad Nª 9.586.551, soltera, de profesión Ingeniera Industrial, natural de Coro, Estado Falcón y residenciada en esta Jurisdicción, en la calle Curimagua, Urbanización Manaure, casa s/n, Puerta Maraven, Punto Fijo, Estado Falcón, por el delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal venezolano, vigente pa.....