Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Unipersonal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL en la presente causa instruida al ciudadano JAVIER RAMÓN SÁNCHEZ, venezolano, indocumentado, de profesión u oficio obrero, soltero, nacido en fecha 17-11-1984, domiciliado en Calle las Delicias, Antiguo Aeropuerto, hijo de Ana Sánchez, grado de instrucción sin estudios, por la comisión delito de HURTO CALIFICADO EN LA MODALIDAD DE FRACTURA y ESCALAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinales 4° y 6° del Código Penal antes de la reforma, en perjuicio de la ciudadana ROSA MARLENE LUGO LULGO, y por consiguiente, se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, todo conforme a lo previsto en el artículo 48 ordinal 6 y el artículo 318 ordinal 3°, ambos del Código Orgánico Procesal Penal; en consecuencia, se.....