En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado NUMA MIRANDA HIDALGO, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MARÍA MERCEDES LÓPEZ LOYO, WILLIAMS RAÚL CAMPOS, DIONIBEL AUXILIADORA FANEITE QUERO y EDY JOSÉ JIMÉNEZ LEAL, mediante escrito de fecha 4 de agosto de 2010.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de NULIDAD DE ACTA DE ASAMBLEA intentada por el ciudadano RAMÓN ANTONIO QUIÑONEZ en contra de los ciudadanos MARÍA MERCEDES LÓPEZ LOYO, WILLIAMS RAÚL CAMPOS, DIONIBEL AUXILIADORA FANEITE QUERO y EDY JOSÉ JIMÉNEZ LEAL. En consecuencia, se declara la nulidad del Acta de Asamblea de fecha 7 de febrero de 2009, protocolizada en la Oficina Subalterna de Registro del municipio Miranda del e.....