En mérito de las consideraciones de hecho y los fundamentos derecho anteriormente invocados, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EL RECONOCIMIENTO TÁCITO, en su contenido íntegro y firma, del referido instrumento privado, consignado en original junto a la solicitud que encabeza las presentes actuaciones y que cursa al folio tres (3), presentado por la ciudadana JEXYS JOSEFINA BURGO MEDINA, en su condición y con el carácter expresado en la misma; opuesto en contra el ciudadano ORANGEL ANTONIO LACLE GONZALEZ, ya identificado. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 1364 y 1367 del Código Civil, y, el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil.