En virtud de las consideraciones que preceden, este Juez de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara sin lugar la acción de divorcio fundamentada en el artículo 185 ordinal segundo del Código Civil, intentado por la ciudadana MUNDO JONATHAN ROMAN ARIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.683.568, , asistido por el abogado en ejercicio PEDRO LARA HURTADO, numero de inpreabogado Nº 28.750, en contra de la ciudadana MARIA COROMOTO CASTILLO CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.268.953, al no quedar comprobada la causal alegada.
Se condena en costas a la parte demandante.
Publíquese, regístrese, déjese copia de la presente decisión, facultándose a la Secretaria de este Tribunal .....