Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Falcón ubicado en la ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RATIFICA LA REVOCATORIA; de la Medida Cautelar Sustitutiva de libertad de las establecidas en el articulo 256 ordinales 3,4 y 6 del Código Orgánico Procesal Penal de conformidad con lo establecido en el articulo 262 ordinal 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal y decreta la Medida de Privación Judicial preventiva de libertad de conformidad con el articulo 250 ordinales 1, 2, 3 , 251 ordinales 2, 3, y 4, y 252 Eiusden, al ciudadano CHIRINO COLINA ELLERY ANTONIO, titular de la cédula de identidad N° 7.482.450, natural de Coro, Estado Falcón, nacido en fecha 30-07-1958, de profesión u oficio Obrero, soltero, hijo de Sara Amelia Chirino Colina, y Aron Justiniano Chirino López, domiciliado en con domicilio en la calle Miranda, casa Nº 146-A, color amarillo con blanca del sector Pantano Ce.....