DISPOSITIVA
Por los motivos expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARIRUBANA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos, MARÍA ANGELA OSIO CASTILLO, venezolana, Mayor de edad, titular de cédula de identidad Nº V-15.512.121, de este domicilio, T.S.U en informática y DAVID ENRIQUE CHIRINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.933.599, de este domicilio, Municipio Carirubana del Estado Falcón, representados en este acto por la abogada en ejercicio DILIA SUHAY DELGADO NUÑEZ, según consta en poder especial debidamente autenticado por ante la Notaria Pública de Pueblo Nuevo, en fecha 03 de octubre de 2017, bajo el Nº 13, Tomo Nº 41, Folios 52 hasta 55, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 188.613; en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial.....