este Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara: Con lugar las medidas cautelares solicitadas por el Ministerio Público en contra de los imputados, ARTEAGA DIAZ JOSÉ SIMÓN quien es venezolano, de 66 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 2.786.259, casado, comerciante, residenciado en el sector San Nicolás, calle proyecto, casa Número 91, Coro, estado Falcón y OSWALDO ARTURO MEDINA ROMERO, venezolano de 61 años de edad, comerciante, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 3.362.176, domiciliado en Sector san bosco, calle agustín García, casa N° 6, Coro, estado Falcón, por encontrarse incurso en la comisión del delito de Contrabando, previsto y sancionado en el artículo 2 de la ley de Contrabando en perjuicio del Estado Venezolano.
Todo de conformidad con lo p.....