Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, extensión Punto Fijo, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con lugar la demanda de impugnación de paternidad, incoada por el ciudadano Pedro Segundo Arcaya Galicia, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n.º 3.394.129, asistido por su abogado Jean Franco Arcaya, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el nº 120.911, en contra de la ciudadana Noris Tatiana Castellano, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nº 16.437.387, en consecuencia, se establece que el adolescente SE OMITE EL NOMBRE, no es hijo del ciudadano Pedro Segundo Arcaya Galicia, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.394.129 y en lo sucesivo se llamará SE OMITE EL NOMBRE.