En este estado, examinados como han sido los documentos acompañados, las declaraciones de los ciudadanos MARIAM ROJAS DE TORRES y LILIA OSMELIA CARRASQUERO DE CARRASQUERO las cuales fueron contestes en lo declarado conforme a lo solicitado, y el análisis de las normas ut supra transcritas, se desprenden elementos suficientes para que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declare las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD y POSESIÓN a favor de la ciudadana CARMEN HERMINIA PRIMERA DE GARCES, venezolana, mayor de edad, de 58 años, casada, titular de la cedula de identidad Nº V-5.317.641, de profesión u oficio del hogar, domiciliada en el Hato Vía principal Adícora, Punto de referencia productos de Zábila, Sector El Molino, casa S/N, Parroquia El Hato, .....