Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Mixto Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley resuelve: por decisión unánime de sus miembros encuentra a los acusados ALVARO JOSE RONDON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 12.789.847, residenciado en Pueblo Nuevo Norte, calle Tropical, casa Nro. 27 Estado Falcón; MIGUEL JOSE BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 14.074.824, residenciado en Pueblo Nuevo Norte, calle Tropical, casa Nro. 3 Estado Falcón y MIGUEL ANGEL BRACHO ALVARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 17.840.556, residenciado en Villa del Mar, casa Nro. 32, CULPABLES, de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal en perjuicio de la ciudadana MARIA MAGDALENA DE LEON, y los condena a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑ.....