Por todo lo antes expuesto este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES (Procedimiento de Intimación), (Expediente Nº 2.248-2.010), seguido por ante este Tribunal el demandante, VICENTE JAVIER QUINTERO CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.080.124, de este domicilio, actuando en su propio nombre, derecho y representación de la Sociedad Mercantil ATC, MICRO SUPLY C; en contra de la empresa Sociedad Mercantil SCM-255, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en fecha 14-05-2007, bajo el N° 43, Tomo 8-A de los Libros respectivos, en la persona de su Presidente, ciudadano GUSTAVO JOSÉ IRAUSQUIN DE CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 9.932.889, de este domicilio.-
Se acuerda notificar a la parte .....