Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Decreta sin lugar la solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad del ciudadano: JUAN ALEXANDER SANDOVAL MORILLO, C.I. 15.237.906, de 24 años de edad, venezolano, estado civil soltero, dirección Calle Chinchorro bajito, rancho de tapas, por detrás del negocio A y P Mene Mauroa, estado Falcón, hijo del ciudadano Adelaido Sandoval y la ciudadana Alida Morillo y se ordena su inmediata libertad plena, por no encontrase llenos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Se libró la respectiva Boleta de Libertad.
Remítanse con Oficio las presentes actuaciones a la Fiscalía Séptima del Ministerio Público del Estado Falcón en su debida oportunidad. Cúmplase.-
Publíquese, regístrese, diarícese.-
LA JUEZA SEGUNDA DE CONTROL,
ABG. BELKIS ROMERO DE TORREA.....