ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Decreta: MEDIDA DE PROTECCION AUTOSATISFACTIVA, al desarrollo de la actividad agraria, a favor de las ciudadanas NEILA COROMOTO NAVARRO DE ORTIZ, NIDIA NAVARRO DE NAVAS, NORMA NAVARRO DE FLORES, NORA MERCEDES NAVARRO DE RUIZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad número 3.543.144, 2.860.288, 3.394.826, 5.298.711 respectivamente domiciliadas en la población de Mapararí, Municipio Federación del Estado Falcón, en su condición de poseedoras sobre el predio rustico denominado LOS CARACOLES, ubicado en la población de Mapararí, Municipio Federación del Estado Falcón, alinderado por el Norte.- Carretera Nacional, Sur.-Posesión de Áureo Molleja y Jesús Bermúdez, Este.- Camino real que conduce de la población de Mapararí al .....