este Tribunal Quinto de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, esgrime los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra de CARLOS ALBERTO PEREIRA DUQUE, titular de la Cedula de Identidad Nro. V.- 20.212.619, por la presunta comisión de los delitos de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, LESIONES PERSONALES Y FUGA DE DETENIDO, previstos y sancionados en los Artículos 5 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores y en los artículos 413 y 259 ambos del Código Penal Vigente; por encontrase cubiertos los extremos de los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE DECRETA la aplicación del Procedimiento Ordinario previsto en el ultimo aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.