En consecuencia, este Juzgado Primero de Control administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA LA LIBERTAD PLENA al Ciudadano RUJANO GARCES RAUL ROLANDO, de nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad Nro V-12.488.999, soltero, profesión taxista, y residenciado en el sector La vuelta, Finca del señor Julio López, Estado Falcón, de conformidad con el articulo 44 ordinales 1 y 5 de la Constitución Bolivariana de Venezuela y artículos 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal. Librase la correspondiente boleta de Libertad. Así mismo, se le designa el respectivo defensor recayendo tal designación en el defensor Público Cuarto de guardia Abg. Florangel Figueroa. Librase la respectiva boleta de notificaciones y remítase las presentes actuaciones a la Fiscalia del Ministerio Publico en su oportunidad legal para que prosiga con la investigación. Cúmplase.
La Juez
Abog. Gloria Vargas Vargas
La secretaria
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