Con fundamento en las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO presentado por la ciudadana: GREIMAR GUADALUPE ARIAS CASTRO venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-22.600.398, domiciliada en la calle Buchivacoa, Casa N° 01, Sector San Nicolás, de la ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón; contra el ciudadano EDDISON JOSE SEQUERA ARIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 18.877.858, domiciliado en Boca de Aroa, Casa s/n, Parroquia Boca de Aroa, Municipio Autónomo Silva del Estado Falcón; y por consiguiente, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que contrajeran ante el Registro Civil del Municipio Miranda, parroquia Santa.....