este Tribunal 3º de Primera Instancia Penal en función de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud fiscal. SEGUNDO: Se decreta con lugar la solicitud de la defensa privada, y en consecuencia, se decreta a los ciudadanos DROSIS GUADALUPE CHAVEZ GUTIERREZ y JESUS RAFAEL VARGAS CURIEL, la SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, por lo que se le impone la obligación de realizar trabajo comunitario, por un periodo de CUATRO MESES, en el sector de su comunidad, en el Consejo Comunal GUAIBACO, se ordena librar oficio dirigido al CONSEJO COMUNAL GUAIBACOA. TERCERO: Se decreta la aplicación del procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en el código orgánico procesal penal vigente. Se impuso a los imputados de las consecuencias de su incumplimiento. Se deja constancia que los imputados se comprometieron a cumplir las obligaciones que se les impuso y manifestando entender los térmi.....