este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en las actas, en donde consta que el (la) ciudadano (a) ARGENIS DANIEL ARIAS ROMERO, era venezolano (a), mayor de edad, CASADO, titular de la cédula de identidad N° V–17.924.552, residenciado (a) en el Sector El Refugio, Municipio Urumaco, Carretera Falcón Zulia, casa S/N, estado Falcón, falleció Ab-intestato en fecha: veintiséis (26) de diciembre de 2015, según se evidencia de Acta de Defunción, dis.....