III
DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO de la presente Demanda por Cobro de Honorarios Profesionales en Vía Incidental, suscrito por el ciudadano AMILCAR ANTEQUERA LUGO, Venezolano, Mayor de Edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 15.236.609, Abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 103204, actuando en su propio nombre e interés, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO COLINA DEL ESTADO FALCÓN.
Publíquese, diarícese y regístrese. Notifíquese a las partes.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho del Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, en la ciudad de Santa Ana de Coro, a los catorce (14) días del mes de mayo de 2019. Años: 208° de.....