DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal actuando en Funciones de Segundo de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad al artículo 256 ordinal 3°del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones cada treinta (30) días en el horario comprendido de lunes a viernes de 8:30 am a 3:30 pm, a los ciudadanos ADA ROJAS HERNANDEZ y a JOSE ALI HERNANDEZ RINCON, en virtud que la Fiscalía Décima Tercera del Ministerio Público presentó Escrito Acusatorio en donde hubo un cambio de calificación, ya que en el transcurso de la investigación cambiaron los motivos por los cuales fue decretada la Medida Privativa de Libertad contra los imputados de marras. Regístrese, Publíquese y Notifíquese. Déjese copia de la presente resolución interlocutoria. Remítanse las presentes actu.....