Por las razones antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Primero: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185-A, del Código Civil Venezolano Vigente, presentada por los ciudadanos: ROSA ELINA ROJAS DE CHIRINO y FELIX JOSE CHIRINO SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidades Nros: V-11.141.201 y V-9.508.407, respectivamente, de éste domicilio, debidamente asistido por la abogada, WENDY FABIOLA ALCALA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 64.408, respectivamente y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial de los precitados ciudadanos, contraído por ante la Prefectura del Municipio Miranda Parroquia San Antonio del estado Falcón, en fecha 12 de Marzo del año 1984. Segundo: D.....