Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud presentada por el Fiscal Vigésimo Primero del Ministerio Público de PRIVACION PREVENTIVA JUDICIAL DE LIBERTAD a los ciudadanos: RENZO ALBERTO PEREIRA TAPIA, venezolano, mayor de edad, de 28 años de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-16.606.479, de profesión u oficio comerciante, con residencia en Maracaibo estado Zulia, sector Jesús Enrique lozada, MARY CAROLINA DELGADO YORIS, venezolana, mayor de edad, de 25 años de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro V-18.199.198 ACOMPAÑANTE, oficio del hogar, residenciada en Estado Falcón, sector Capatarida, Barrio 23 de Enero casa sin número, y MARYLUZ YORIS, venezolana, de 42 años de edad, soltera, titular de la cédula de identidad nro V-1.....