Con fundamento en las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
Primero: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos ILAN RAFAEL MARIN RIERA y NELYURYS JOSEFINA COLINA GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades Nros: V-16.102.758 y V-18.048.966, respectivamente, ambos con domicilio en la Ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón; debidamente asistidos por el Abogado CARLOS ALBERTO LA CRUZ ALASTRE, Inpreabogado N° 29.226; y por consiguiente, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído ante en fecha 05/08/2005, ante el Registro Civil del Municipio Urama, de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, según consta en Acta Nº 12, Folios 23 y 24, Año 2005. Se.....