En el presente caso, como quiera que no se dan ninguno de los supuestos fácticos antes señalados, es decir, que el ciudadano JOSE DEL CARMEN MEDINA LEONES, venezolano, de 38 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.722.044, fecha de nacimiento 11-01-71, de nacionalidad venezolana, estado civil soltero, de profesión u oficio marino, natural de Rio seco, municipio sur, calle España, casa N° 101-A, Punto Fijo Estado Falcón, toda vez que los precitados ciudadanos no fueran aprehendidos en la comisión de delito de acción pública perseguible de oficio, alguno ni por orden judicial, siendo procedente su libertad conforme a lo dispuesto en el ordinal 1° del artículo 44 de la Constitución Nacional, tal y como lo solicitó el Ministerio Público.
En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, decr.....