En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGARel recurso de apelación interpuesto por el ciudadano LUIS ALFREDO MATTIOLI, actuando en representación de la sociedad mercantil ALQUISUR C.A., debidamente asistido por el abogado Leotilio Escalona, mediante diligencia de fecha 18 de febrero de 2021.
SEGUNDO: Se MODIFICA la decisión dictada en fecha 9 de febrero de 2021 por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Tucacas, en la presente causa.
TERCERO: Se declara INADMISIBLE la presente ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL, incoada por el ciudadano LUIS ALFREDO MATTIOLI, actuando en representación de la sociedad mercantil ALQUISUR.....