DECISIÓN
En virtud de los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la Consulta efectuada contra la decisión dictada por el extinto el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal y de Salvaguarda del Patrimonio Público de este Estado, que declaró Terminada la Averiguación contra los ciudadanos LOPEZ CHAROLA ROBERTO, ARIAS REQUENA FRANK ALEJANDRO Y PULIDO HAMMOND ALEJANDRO JOSE, por comisión de uno de los delito Contra la Propiedad.
Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Archivo Judicial.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones, en Santa Ana de Coro, a los 15 días del mes de Agosto del año Dos Mil Tres.
Años 193º de la Independencia y 144º de la Federación.
DRA MARLENE MARÍN DE PEROZO
JUEZA PRESIDENTE (E) Y PONENTE
DRA GLENDA OVIED.....