Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: Con lugar la solicitud presentada por la Representación Fiscal y decreta MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD al ciudadano: JHONNY RAFAEL LACLE MEDINA, Venezolano, mayor de edad, cedula de identidad Nº 14.735.212, fecha de nacimiento 26-04-1977, de 37 años de edad, de profesión u oficio caletero del mercado nuevo, residenciado en Urbanización Velita II, Avenida II, Casa Nº 42, Frente al Bloque 36, del Municipio Miranda Coro Estado Falcón, quien se encuentra incurso en la presunta comisión del delito de: ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículos 455 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana MARIANA MAVAREZ, de conformidad con el articulo 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara sin lugar la Solicit.....