este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Se declara competente para el conocimiento de la presente Acción de Amparo Constitucional incoado por el abogado OSCAR O. TRIANA B. titular de la cédula de identidad N° V- 7.117.740, con domicilio procesal en la urbanización Prebo, Avenida Andrés Eloy Blanco, Centro comercial y profesional "EL añil", piso 01, oficina 11,Valencia, estado, en su carácter de Defensor privado de los ciudadanos SANTOS ONORIO ARELLANO CHACÓN y HENRY ORLANDO CHACÓN PULIDO, actualmente recluidos en la Comunidad penitenciaria de esta Ciudad de Coro. SEGUNDO: Se ordena a los órganos u autoridades involucrados, es decir, a la Dirección de la Comunidad penitenciaria de Falcón informe a éste Tribunal en un plazo perentorio de 24 horas sobre si por ante e.....