Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud presentada por la ABG. MOIRANI ZABALA, en su carácter de Fiscal Tercera del Ministerio Público del Estado Falcón, y Decreta la imposición de la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, al ciudadano GREGORIO QUEIPO GOMEZ, venezolano, de 34 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad 18.293.041, oficio chofer, residenciado en Mene Mauroa,, calle las flores, numero de casa 410, del Estado Falcón, teléfono 0414-6585321, por la presunta comisión del delito de DAÑO A EQUIPOS DE TRANSMISION DE ELECTRICIDAD, previsto en el artículo 343 ultimo aparte DEL CODIGO PENAL, consistente en la prohibición de manipular equipos de transmisión de electricidad del Sistema eléctrico Nac.....