Único: a tenor de lo pautado en el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, Decreta la extinción penal y por ende el Sobreseimiento de la presente causa a favor de los ciudadanos: RAFAEL A. CHACIN G., YOEL VILLARROEL, ANDRES ELOY SANCHEZ, LUIS ZAVALA SANCHEZ, CLARO JOSE HERNANDEZ, JULIIO CESAR MARTINEZ, JOSE ANTONIO LUGO, YIMY GARCIA GÓMEZ Y LUIS RODRIGUEZ, Titulares de la Cédulas de Identidad V-9.810.254, 8.338.685, 7.524.957, 14.802.316, 9.936.334, 12.908.334, 9.583.164, 11.776.735 y 9.935.977, respectivamente la cual aparece como víctima LA COLECTIVIDAD, por la presunta comisión de uno de los delitos contra la LEY DE SUSTANCIAS Y MATERIALES DE DESECHOS PELIGROSOS.-
Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, a Diecinueve días del mes de Octubre de 2007 a los 197° años de la Independencia y 148° de la Federación.
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABG. VICTOR MOLINA VALDEZ
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