Por todo lo antes expuesto este Tribunal Cuarta de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: La APREHENSIÓN JUDICIAL, contra el ciudadano GREGORI JOSE CHIQUITO, titular de la cedula de identidad N° V-26.110.816, mayor de edad, nacido en fecha 02-09-1.982, soltero, obrero, residenciado en la Urbanización Cástulo Mármol Ferrer, calle principal, casa sin número de éste Ciudad de Coro, Estado Falcón, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano a quien en vida respondiera al nombre de MICHAEL EDUARDO DAVILA, y HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 1 del Código Penal concatenado con el .....