En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado Juan Ricardo Nieves, apoderado judicial de la parte demandada INVERSIONES BILVAN, C.A., mediante diligencia de fecha 29 de septiembre de 2016. En consecuencia, se CONFIRMA el auto de fecha 22 de septiembre de 2016, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, mediante el cual admitió la prueba de experticia promovida por la parte actora, en el juicio de INDEMNIZACIÓN POR VICIOS OCULTOS seguido por el ciudadano BLAS ANDRÉS FACENDA RAMOS contra la sociedad de comercio INVERSIONES BILVAN, C.A.
SEGUNDO: CON LUGAR la apelación ejercida por la abogada Rafneri.....