DISPOSITIVA
En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano ROSENDO ENRIQUE HERNÁNDEZ BOLÍVAR, debidamente asistidos por los abogados Oswaldo José Moreno Méndez y Pedro Manuel Colina Molina, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nrs 3.563 y 249.660, respectivamente, mediante diligencia de fecha 11 de agosto de 2022.
SEGUNDO: Se MODIFICA el auto de fecha 8 de agosto de 2022, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Punto Fijo, en el juicio de NULIDAD DE ACTA DE ASAMBLEA seguido por el ciudadano EMIDIO JOSÉ DI LORITO MOLINA contra el ciudadano ROSENDO ENRIQU.....