Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA ORDEN DE APREHENSION en contra del ciudadano: EVARISTO GAUNA, venezolano, de 54 años de edad, Titular de la cédula de identidad N° V-9.060.041, fecha de nacimiento: 26-10-53, de estado civil soltero, residenciado en el caserío El Calvario, Municipio Colina Estado Falcón; a quien de le imputa la presunta comisión del delito de HOMICIDIO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 409 ordinal 1° y 478 ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano quien en vida respondiera al nombre de: GAUNA BAU FULGENCIO, (occiso), venezolano, Titular de la cédula de identidad N° 5.286.781,. Notifíquese de la presente decisión al Fiscal Cuarto del Minis.....