En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por la abogada Alexia Colina, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada ciudadano CARLOS LUIS RUIZ, mediante diligencia de fecha 20 de noviembre de 2017
SEGUNDO: Se REVOCA la sentencia dictada en fecha 16 de noviembre de 2017 por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Falcón. En consecuencia, se declara SIN LUGAR la demanda de ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES incoado por los abogados ALVIS JOSÉ VENTURA MEDINA y EDITSO ALEXANDER GARCÍA ARTEAGA contra el ciudadano CARLOS LUIS RUIZ.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada.....