II
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad conjuntamente con Medida Cautelar Innominada, interpuesto por el ciudadano VICTOR PEDRO ZAVALA BECERRIT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.751.181, con el carácter de presidente de la sociedad mercantil ZIZCO DE VENEZUELA C.A., inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, en fecha treinta y uno (31) de enero de 2005, bajo el Nº 33, tomo 3-A, debidamente asistido por el abogado EDUARDO SILVA MARTÍNEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 98.520 contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO CON SEDE EN PUNTO FIJO, ESTADO FALCÓN.
Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
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