En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta por la abogada Lisbeth Díaz Petit, en su carácter de apoderada de INMUEBLES FIMA, C.A., contra la sentencia definitiva dictada el 14 de noviembre de 2002, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, mediante la cual declaró sin lugar la demanda que por cobro de bolívares, vía intimatoria, intentara la apelante contra FIMA, C.A.
SEGUNDO: De conformidad con los fundamentos de la presente decisión se confirma la sentencia apelada.