este Tribunal Cuarto Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud fiscal, en consecuencia se decreta a los ciudadanos PEDRO RAMÓN HERNÁNDEZ titular de la cédula de identidad N° V- 12.947.614, ÁNDRES ELOY ROMERO OCHEA, titular de la cédula de identidad N° V-5.821.031, la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, de conformidad con los artÍculos 8, 9 y 229 del Decreto con Rango, valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, concatenado con el 44 numeral 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: Líbrese BOLETA DE LIBERTAD a los ciudadanos PEDRO RAMÓN HERNÁNDEZ titular de la cédula de identidad N° V- 12.947.614, ÁNDRES ELOY ROMERO OCHEA, titular de la cédula de identidad N° V-5.821.031. La presente decisión se publicará mediante auto separado, con.....