Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Declara parcialmente con lugar la solicitud Fiscal. SEGUNDO: Impone al ciudadano NELSON VERA MONTERO, titular de la Cédula de Identidad N° 15.704.655, 29 años de edad, de estado civil soltero, residenciado en el sector Cruz Verde, calle Colombia casa No 20-B, de color verde, al lado izquierdo de mi casa se encuentra la Escuela Básica Georgina de Arias, fecha de nacimiento 08-09-1978, medida cautelar sustitutiva a la privación judicial de libertad por la presunta comisión de los delitos de TENTATIVA DE HURTO, previsto y sancionado en el artículo 4 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor y POSESIÓN de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra el tráfico ilícito y el consumo de sustancias estup.....