Por las consideraciones anteriormente expuestas, EL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARINA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD del Defensor Pública Penal: ARISTIDES LOPEZ, En representación de sus Defendidos: YERSON EDUARDO HERNANDEZ PEREZ y WILMER JESUS TERAN, Quienes son Venezolanos, Mayor de Edad, de Fecha de Nacimiento 21-06-83, Titular de la Cedula de Identidad N°-V- 17.448.992, Fecha de Nacimiento 20-10-83, Titular de la Cedula de Identidad N°- V- no aparece este Dato en la Causa, Residenciados en Valencia, Estado Carabobo, en la Urbanización El Pelotal, Calle 78, Casa N° 110-C-15, y Residenciados en Valencia, Estado Carabobo, en la Urbanización El Pelotal, Calle 78, Casa N° 75-115, y actualmente recluidos en el Internado Judicial de este Estado, Por la Presunta Comisión del DELITO DE ROBO DE VEHICUL.....