En fecha 23-04-2.002, se le da entrada al Despacho de Medida Ejecutiva de Embargo emanado del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón; por lo que se fija día y hora para la práctica de la misma.-
En fecha 02-05-2.002 se dicta auto, por cuanto en este Tribunal No hubo Despacho el día para el cual estaba fijada la práctica de la Medida a que se contrae el presente Despacho, se acuerda fijar nueva oportunidad para la ejecución de la misma, previa solicitud de la parte interesada.-
En fecha 07-08-2003, se dicta auto, donde se le da entrada al escrito presentado por el Abog. Regulo Chirinos Cedeño, constante de once (11) folios útiles; en consecuencia este Tribunal se ABSTIENE de proveer lo solicitado, por cuanto de los autos se desprende que dicho Abogado es asistente de la parte demandante y no consta en los mismos que es su Apoderado; así mismo ordena librar oficio al T.....