Por las razones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra de JOSÉ GREGORIO GONZALEZ PEREZ, LUIS ALBERTO GRIMAN y CHIRINOS ADELIS JESUS, quienes son Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de identidad Números 9.807.240, 11.478.023 y no porta documentación personal respectivamente, domiciliados el primero en la Calle federación, Casa N° 97, Coro, El segundo en la Calle Garcés, Casa N° 18, Coro y el Tercero en el Barrio Las Panelas, Calles Monzón y Libertad, N° 22, Coro Estado Falcón, relacionada con la comisión del delito de RIÑA COLECTIVA previsto y sancionado en el artículo 427 del Código Penal en perjuicio de OMAR MARRUFO y HENRY MOSQUERA y Declara Extinguida la Acción Penal en la presente causa, de conformidad con el ordinal 3° del artículo 318 y el artículo .....