Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando conforme a lo previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal CONDENA al ciudadano ENMANUEL JESÚS LUGO GÓNZALEZ, de nacionalidad venezolana, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 19.946.469, de 20 años de edad, nacido en fecha 11/05/89, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de Manuel Lugo y Ana González, natural y residenciado en el Barrio Industrial, Calle Brisas del Norte, Casa S/Nº, de color verde, frente a la Bodega de Maria, Punto Fijo, Estado Falcón a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÒN mas las penas accesorias de Ley, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sanc.....