Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley. Se Declara CON LUGAR, lo solicitado por la defensora, se acuerda la sustitución del Arresto Domiciliario al ciudadano MANUEL JOSÉ CHIRINOS ZARRAGA, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 20.931.005, de fecha de nacimiento 21/02/87, residenciado en la ciudad de Coro Barrio Pueblo Nuevo, calle Garcés y calle Girardot casa N° 27 del Estado Falcón, por el delito ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 458 del Código Penal, por las del ordinales 3° y 4° de la norma adjetiva Penal consistente en la presentación cada 30 días, ante la sede de este Circuito Judicial, en la oficina del alguacilazgo en donde deberá presentarse en forma mensual a partir de la presente decisión y la prohibición de salida del Estado Falcón, en conformidad con lo dispuest.....