Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE: DECLARAR SIN LUGAR la solicitud de Imposición de Privación Judicial Preventiva de Libertad presentada por el Fiscal Quinto del Ministerio Público del Estado Falcón, Decreta la LIBERTAD PLENA del ciudadano DOUGLAS ANTONIO PALENCIA SANCHEZ, de conformidad con el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los artículos 8, 9 y 243 del Código Orgánico Procesal Penal, e Impone al ciudadano JORGE LUIS OJEDA, por la presunta comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE OBJETOS PROVENIENTES DEL DELITO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los Artículos 470 y 277 del Código Penal Venezolano, Medida Cautelar prevista en el numeral 3° del Artículo 256 del Código O.....