este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de decaimiento y sustitución de la medida de privación judicial preventiva de libertad, peticionada por la defensa publica del ciudadana Abogada YRENE TREMONT, Defensora Pública Tercera Penal de esta Circunscripción Judicial, procediendo en su carácter de Defensora del ciudadano DEIVIS JESUS MEDINA CHIRINOS, cédula de identidad número 18.157.414, en consecuencia, se Niega decretar el Decaimiento de la Medida de Coerción Personal, ratificándose la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad decretada en fecha 02-05-2.017, por el Juzgado Tercero de Control de éste Circuito Judicial Penal, en contra del mencionado acusado; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 236, numerales 1, 2 y 3, en concordancia con el 237, numeral 3, 4 y parágrafo .....