En consecuencia este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Verificados como han sido las condiciones impuestas por este Tribunal al ciudadano EDGAR ALEXANDER DIAZ DIAZ, DECRETA: PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano EDGAR ALEXANDER DIAZ DIAZ, de nacionalidad venezolano, natural de Punto Fijo estado Falcón, de 29 años de edad, nacido en fecha 29/05/1984, estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, grado de Técnico superior, con residencia en Población de Moruy Sector Chanbery, calle principal, casa sin número, frente a la plaza, familia Díaz, Estado Falcón, titular de la cedula de identidad numero V-16.754.762, hijo de Betys Coromoto Díaz Díaz y Edi José Díaz, teléfono Nro 0426-3494599, por la comisión del delito de LESIONES LEVES, previsto y sanci.....