Por las razones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra de HERNANDEZ MEDINA ANGEL EMIRO, JORGE EDIXON NAVARRO y DANIEL ANTONIO NOGUERA VALLES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de identidad N° 12.181984, 17.103.933 y no porta Documentación Personal, respectivamente y residenciados el primero en la Urbanización Cruz Verde, calle 09, Vereda 19, Casa 06, Coro ; el segundo en el Barrio Curazaito, Calle providencia con calle El sol, Casa Sin Número, Coro y el Tercero en la Calle El Sol, casa N° 06, Barrio Curazaito, Coro, Estado Falcón, relacionada con la comisión del delito de HURTO CALIFICADO previsto y sancionado en el artículo 455 ordinales 3° y 4° del Código Penal en perjuicio de FRANCO INÉS y Declara Extinguida la Acción Penal en la presente causa, de con.....