este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud presentada por el ABG. DELFIN MARCHAN, en su carácter de Fiscal Séptimo Auxiliar del Ministerio Público del Estado Falcón, y Decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano: JOSE GREGORIO PALEMO RUIZ, venezolano, de 41 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.804.659, nacido en Coro Estado Falcón, en fecha 06-10-1969, profesión u oficio albañil de estado civil soltero, hijo de Gilberto José Palemo, conforme a lo previsto en el artículo 250,251 y 252 de la norma adjetiva penal; La Detención Domiciliaria para la ciudadana: AIDA ROSA RUIZ, venezolana, de 78 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 03.359.472, nacido en Cabure Estado Falcón, en fecha 01-05-1932, profesión u oficio .....